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LÍNEA DE CRÉDITO AL PUNTO ALTO IMPACTO BOGOTÁ

Circular No.: 
020

Cupo disponible*:

Moneda:

Tamaño de Empresa:

Destino de los Recursos:

Sector:

Cobertura Geográfica:

Modalidad de crédito:

Con el fin de impulsar la actividad de las micros, pequeñas y medianas empresas de Alto Impacto de Bogotá, La Alcaldía de Bogotá a través de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y Bancóldex han creado una línea especial de crédito con las siguientes condiciones:

Beneficiarios:

Personas naturales y jurídicas, consideradas como micros, pequeñas y medianas empresas, de todos los sectores económicos con domicilio principal en la ciudad Bogotá D.C., con registro vigente de Cámara de Comercio.

En todos los casos las empresas beneficiarias deberán autorizar el uso de datos por parte de Bancóldex y la Alcaldía de Bogotá, a través del link https://vinculacion.bancoldex.com/datospersonales/, o en el espacio dispuesto por la entidad financiera previamente acordado con Bancóldex, así como, adjuntar el certificado de Cámara de Comercio.

Las medianas empresas beneficiarias que realicen sus solicitudes a través del mecanismo de redescuento deberán certificar en el Anexo 1 de esta circular, si otras empresas con las que comparten socios o asociados comunes con 10% o más de participación, han o están solicitado recursos por esta línea y, en caso positivo, que la sumatoria de los montos de los créditos de las empresas no supera el monto máximo permitido por empresa, para medianas empresas. 

Así mismo, que el crédito no tiene el mismo beneficiario real que otros créditos desembolsados bajo la misma línea.

Los créditos podrán ser otorgados a los socios o accionistas de las personas jurídicas antes mencionadas cuando los recursos sean destinados a capitalizar la empresa. Posterior al desembolso de los recursos, la empresa capitalizada deberá remitir al intermediario financiero certificación expedida por el revisor fiscal o contador, en la que se acredite la correcta aplicación del crédito.

Igualmente podrán acceder a estos recursos los patrimonios autónomos constituidos por las empresas que cumplan las condiciones antes mencionadas.

La entidad financiera deberá conservar la información con la cual se establezca el cumplimiento de las condiciones para ser beneficiaria de estos recursos.

Destino de los recursos:

Capital de trabajo y sustitución de pasivos: Materias primas, insumos, nómina y demás costos y gastos operativos de funcionamiento.  

Igualmente, los recursos del crédito se podrán utilizar para la sustitución de los pasivos de las empresas, facilitando su liquidez.  Se excluyen de esta posibilidad tanto la sustitución de créditos de Bancóldex, como la de los pasivos con socios o accionistas.

Modernización: Compra o arrendamiento (leasing) de bienes inmuebles, maquinaria y equipo, adecuaciones o mejoras de instalaciones y locales comerciales, y demás activos fijos vinculados directamente a la actividad económica de las empresas. 

Serán financiables vehículos de transporte de carga, y, en el caso de transporte de pasajeros serán financiables taxis, buses, busetas, y microbuses de transporte público de las siguientes tecnologías: EURO V, VI, gas, híbridos y eléctricos.
 

Monto máximo por beneficiario:

Hasta Trescientos millones de pesos
(COP 300.000.000)

 

Plazo:

Capital de trabajo: hasta tres (3) años

Modernización: hasta cuatro (4) años

 

Periodo de gracia a capital

Hasta tres (3) meses de gracia.

*Cupo aproximado, puede variar dependiendo de la demanda de crédito en la fecha de corte.

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