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LÍNEA DE CRÉDITO MIPYMES COMPETITIVAS PARA ESCALAMIENTO PRODUCTIVO 2025

Circular No.: 
008

Cupo disponible*:

Moneda:

Tamaño de Empresa:

Destino de los Recursos:

Sector:

Cobertura Geográfica:

Modalidad de crédito:

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Bancóldex, ha diseñado una solución de crédito preferencial orientada a incentivar las inversiones de Productividad de las MiPymes del país, con las siguientes condiciones:

Beneficiarios:

Subcupos 1: Redescuento y 3: Inversiones sostenibles
Personas naturales y jurídicas, consideradas como micros, pequeñas y medianas empresas, de todos los sectores económicos. Se excluyen los rentistas de capital.

Subcupo 2: Microfinanzas 
Personas naturales y jurídicas, consideradas como micros, y pequeñas, de todos los sectores económicos. Se excluyen los rentistas de capital.

Subcupo 4: Internacionalización productiva
Personas naturales y jurídicas, consideradas como micros, pequeñas y medianas empresas de todos los sectores económicos, con actividad exportadora, es decir, que hayan realizado al menos 1 exportación a partir del 1º de enero de 2022, lo que refrendarán mediante la presentación de la declaración de exportación o factura comercial de exportación o contrato de exportación junto con su solicitud.

Destino de los recursos:

Subcupos 1: Redescuento, 2: Microfinanzas y 4: Internacionalización productiva

Modernización: Compra o arrendamiento (leasing) de bienes inmuebles, maquinaria y equipo, tecnología, software, hardware, y demás activos fijos vinculados directamente a la actividad económica de las empresas o que contribuyan al logro de certificaciones que faciliten el comercio internacional. 

Se excluye la financiación de adecuaciones o reparaciones locativas, vehículos de transporte de carga y/o pasajeros. Serán financiables equipos móviles especializados (ejemplo: ambulancias, maquinaria amarilla, equipo de construcción). 

Subcupo 3: Inversiones sostenibles

Modernización desarrollo sostenible, incluyendo leasing 

A.    Mitigación al cambio climático:  actividades que logren evitar y/o disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero – GEI relacionadas con:

Eficiencia Energética:
•    Eficiencia energética en equipos (generación de ahorros mínimo del 20%).
•    Sistemas de iluminación LED.
•    Equipos de refrigeración eficientes.
•    Sustitución de calderas.
•    Proyectos de cogeneración o trigeneración.
•    Sistemas de enfriamiento y aires acondicionados eficientes.

Energía renovable: a excepción de paneles solares fotovoltaicos.
Vehículos eléctricos: transporte público de pasajeros, transporte de carga liviana y micro movilidad  asociada a la actividad productiva. 
B.    Adaptación al cambio climático:   acciones de prevención y preparación ante eventos climáticos y condiciones cambiantes del clima. Medidas que aporten a la reducción de la vulnerabilidad ante el cambio climático del sector como factor de sostenibilidad.

C.    Economía Circular: actividades orientadas a la minimización de uso de materia prima virgen, al igual que la disminución de residuos y el aprovechamiento y sustitución de subproductos en los procesos de las empresas. También se podrán financiar procesos asociados al cambio de productos por servicios, ecodiseño, así como acciones de cierre de ciclos.
Para describir las inversiones a realizar, las empresas deberán presentar el Anexo 2 “Inversiones sostenibles financiables” aplicable al Subcupo 3 de la línea de crédito y adjuntar la factura o cotización y ficha técnica del activo a financiar.

Monto máximo por beneficiario:

Subcupos 1: Redescuento 
Operación de redescuento:

Para Microempresas:
Hasta Trescientos Millones de Pesos
(COP 300.000.000)

Para pequeñas empresas:

Hasta Seiscientos Millones de Pesos
(COP 600.000.000)

Para medianas empresas:
Hasta Mil Millones de Pesos
(COP 1.000.000.000)

Subcupo 2: 
Operación de Microfinanzas 
Hasta Ochenta Millones de Pesos
(COP 80.000.000)

Subcupo 3 Inversiones Sostenibles:
Operaciones de redescuento o individuales de microfinanzas
Hasta Seiscientos Millones de Pesos
(COP 600.000.000)

Subcupo 4 Internacionalización productiva 
Para operaciones en pesos (COP) de redescuento o individuales de microfinanzas

Para Microempresas:
Hasta Trescientos Millones de Pesos
(COP 300.000.000)

Para pequeñas empresas:
Hasta Seiscientos Millones de Pesos
(COP 600.000.000)

Para medianas empresas:
Hasta Mil Millones de Pesos
(COP 1.000.000.000)

Para operaciones en dólares (USD) redescuento:
Hasta Doscientos Mil Dólares
(USD 200.000)

Plazo:

Mínimo dos (2) años y hasta cinco (5) años

 

Periodo de gracia a capital

Hasta seis meses

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